Permiso por hospitalización | Continuidad hasta el alta médica, pero sin inicio post alta
La reciente decisión de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional aborda el permiso retribuido por hospitalización, conforme al artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores.
Estimación parcial del conflicto colectivo
La Audiencia Nacional ha dado lugar a una demanda de conflicto colectivo presentada por una organización sindical contra una empresa del sector industrial, centrándose en la interpretación del permiso retribuido mencionado en el Estatuto de los Trabajadores. El litigio se centró en dos cuestiones fundamentales: la posibilidad de que los trabajadores continúen disfrutando del permiso por hospitalización o enfermedad grave después de recibir el alta hospitalaria, y si es posible iniciar este permiso una vez que se ha producido el alta, siempre que persista la necesidad de cuidados en el hogar.
La empresa defendía una interpretación restrictiva, argumentando que el permiso debía estar estrictamente vinculado a la hospitalización, negando tanto su extensión como la posibilidad de iniciarlo posteriormente. Por el contrario, la parte social abogaba por una interpretación más amplia, alineada con la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Continuidad del permiso hasta el alta médica
La Sala ha reconocido expresamente el derecho de los trabajadores a continuar disfrutando del permiso mientras no se haya emitido el alta médica, incluso si ya se ha dado el alta hospitalaria. Esta conclusión se basa en una interpretación conjunta del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia consolidada. Se destaca que el hecho que origina el permiso no se limita a la hospitalización, sino que se extiende a la necesidad de cuidados derivados de una enfermedad grave o intervención quirúrgica.
Además, se señala que el alta hospitalaria no implica necesariamente la completa recuperación del paciente, ya que a menudo se requiere un periodo de reposo en el hogar. Negar la continuidad del permiso en este contexto podría desvirtuar su propósito, que es permitir la atención del familiar durante el proceso de recuperación.
La Sala también enfatiza que el legislador ha establecido una duración específica para el permiso, sin incluir limitaciones adicionales relacionadas con el alta hospitalaria. Por lo tanto, cualquier restricción impuesta por la empresa que condicione el disfrute del permiso a este momento resulta contraria a la normativa legal.
Rechazo del inicio del permiso tras el alta hospitalaria
Por otro lado, la Sala ha desestimado la solicitud de permitir el inicio del permiso una vez que se ha producido el alta hospitalaria, incluso si persiste la necesidad de cuidados en el hogar. El tribunal sostiene que el permiso está intrínsecamente vinculado a un hecho específico —la hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica— que determina su inicio. Aunque se admite que el disfrute del permiso puede extenderse más allá del alta hospitalaria, no se permite que se genere de nuevo en un momento posterior desvinculado de ese hecho causante.
En este sentido, ni el Estatuto de los Trabajadores ni la normativa convencional aplicable contemplan un permiso independiente para cuidados domiciliarios posteriores. Aceptar lo contrario significaría crear un nuevo supuesto no previsto legalmente, alterando el equilibrio normativo existente.
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