La Audiencia Nacional anula los controles de H&M sobre bolsos y taquillas por vulnerar el derecho a la intimidad
La reciente decisión de la Audiencia Nacional ha establecido límites significativos a las prácticas de control implementadas por Hennes & Mauritz, S.L., específicamente en relación con el registro de bolsos y taquillas de los empleados.
Declaración de nulidad de los controles
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulas las medidas de control visual diario de los bolsos de los trabajadores del último turno al finalizar su jornada laboral, así como los registros aleatorios y periódicos de sus taquillas. Esta decisión se produce tras la demanda presentada por el sindicato UGT, con el apoyo de CCOO, al considerar que tales prácticas infringen el derecho fundamental a la intimidad de los empleados. Como resultado, el tribunal ha ordenado a la empresa que cese de inmediato la aplicación de estos controles.
Justificación insuficiente de las medidas
La sentencia subraya que, aunque el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores permite a los empleadores implementar medidas de vigilancia para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales, estas deben respetar la dignidad y los derechos fundamentales de los trabajadores, en particular el derecho a la intimidad, tal como se establece en el artículo 18.1 de la Constitución Española.
Durante el proceso, H&M argumentó que las revisiones eran necesarias para prevenir pérdidas por hurtos internos. Sin embargo, la Audiencia Nacional concluyó que la empresa no demostró de manera suficiente esta necesidad. La documentación presentada carecía de valor probatorio, y la compañía admitió no poder identificar qué parte de las pérdidas se debía a las acciones de los trabajadores.
Además, el tribunal observó que entre 2024 y 2026 solo se registraron seis despidos disciplinarios por hurtos en una plantilla de aproximadamente 4.600 empleados, lo que, según la Sala, no justifica la implementación de controles tan estrictos.
Proporcionalidad y derecho a la intimidad
La Audiencia Nacional aplicó el principio de proporcionalidad para evaluar la legalidad de las medidas adoptadas por la empresa. Los magistrados consideraron que el control visual de los bolsos no era esencial, ya que existen alternativas menos invasivas que podrían lograr el mismo objetivo, como la instalación de arcos de seguridad en los accesos utilizados por los empleados.
Por lo tanto, la Sala determinó que la revisión sistemática de los bolsos representa una restricción injustificada del derecho a la intimidad de los trabajadores del último turno, dado que no existe una finalidad objetiva suficientemente acreditada que justifique esta práctica.
En cuanto al registro de taquillas, el tribunal concluyó que su diseño responde a un sistema de control preventivo e intimidatorio, en lugar de a una necesidad concreta de proteger los bienes de la empresa. La resolución también destacó que no se demostró la existencia de pérdidas significativas que justificaran este tipo de inspecciones periódicas.
Comentarios recientes