La CNMC impone una multa a Veo TV por infracciones en publicidad de apuestas y patrocinios audiovisuales
La reciente sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a Veo TV, S.A.U., responsable del canal Gol TV, resalta la importancia del cumplimiento de la normativa audiovisual en relación con la publicidad de apuestas y los patrocinios televisivos. Esta resolución, que se origina del expediente SNC/DTSA/036/25, se refiere a emisiones realizadas el 1 y 3 de julio de 2024, y ha sido calificada como una violación grave de la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Sanción impuesta y reducción por pago voluntario
La CNMC propuso inicialmente una sanción de 135.555 euros. Sin embargo, al acogerse Veo TV al mecanismo de pago voluntario establecido en la normativa de procedimiento administrativo, la multa se redujo en un 20%, resultando en un pago final de 108.444 euros.
Infracciones relacionadas con la publicidad de apuestas
La primera infracción identificada por la CNMC se refiere a la emisión de comunicaciones comerciales sobre juegos de azar y apuestas fuera del horario legalmente permitido. Según la Ley 13/2022, de 7 de julio, las comunicaciones comerciales relacionadas con apuestas solo pueden emitirse entre la 1:00 y las 5:00 horas. Esta regulación busca limitar la exposición del público a mensajes comerciales sobre el juego.
La CNMC determinó que Gol TV emitió varias comunicaciones comerciales de BW Scores antes del horario autorizado. Aunque los anuncios se presentaron como una aplicación de información deportiva, contenían referencias a apuestas, lo que llevó a la CNMC a concluir que la conexión con actividades de juego era suficiente para aplicar las restricciones pertinentes.
Patrocinios y promoción de servicios
La segunda infracción se relaciona con inserciones publicitarias vinculadas a Finetwork y Banco Santander. La Ley General de Comunicación Audiovisual establece que los patrocinios no deben incluir mensajes que inciten directamente a la contratación de productos o servicios. En este caso, la CNMC identificó que las emisiones contenían referencias a ofertas específicas, precios promocionales y beneficios asociados a la contratación de ciertos servicios, lo que excedía la mera identificación del patrocinador y convertía los mensajes en comunicaciones promocionales directas.
Esta distinción es crucial, ya que la publicidad comercial y el patrocinio están sujetos a diferentes requisitos legales. La inclusión de ofertas o incentivos puede comprometer la naturaleza del patrocinio y violar las condiciones legales aplicables.
Conclusiones sobre la normativa audiovisual
La CNMC ha confirmado la existencia de dos infracciones graves continuadas: una por la emisión de publicidad de apuestas fuera del horario permitido y otra por la difusión de patrocinios que contenían mensajes promocionales incompatibles con la normativa.
La resolución enfatiza la necesidad de que los operadores diferencien claramente entre publicidad de apuestas, publicidad comercial y patrocinio audiovisual, cumpliendo con las obligaciones legales correspondientes a cada tipo de comunicación.
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