La CNMC investiga prácticas anticompetitivas en el sector energético español

03/11/2026

La CNMC investiga posibles abusos en los mercados energéticos

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia investiga posibles prácticas restrictivas de la competencia en los mercados energéticos españoles. La actuación se dirige a esclarecer si un grupo empresarial del sector ha podido desarrollar comportamientos discriminatorios que limiten la actividad de terceros operadores y provoquen un cierre de mercado.

Los hechos investigados podrían constituir un abuso de posición de dominio, una conducta prohibida por la normativa española y europea de competencia. La investigación se encuentra en una fase preliminar, por lo que todavía no existe una declaración de infracción ni de responsabilidad empresarial.

Inspecciones para investigar un posible cierre de mercado

Entre los días 26 y 29 de octubre de 2026, la CNMC realizó inspecciones en la sede de un grupo empresarial que desarrolla su actividad en el sector energético en España.

Estas actuaciones se llevaron a cabo en el marco de una información reservada, abierta tras una investigación preliminar de la Dirección de Competencia. El objetivo es obtener información que permita determinar si existen indicios de prácticas contrarias a las normas que protegen la libre competencia.

En particular, el organismo analiza un posible cierre discriminatorio del mercado que podría restringir la capacidad de actuación de otros operadores. La relevancia de esta conducta reside en sus posibles efectos sobre las condiciones de competencia y la participación de distintas empresas en los mercados energéticos.

Los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE, fundamento de la investigación

La posible infracción se examina a la luz del artículo 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Ambos preceptos prohíben el abuso de posición dominante y tienen como finalidad impedir que las empresas utilicen su posición en el mercado para desarrollar comportamientos que restrinjan la competencia.

Es importante distinguir entre disponer de una posición dominante y abusar de ella. La normativa no prohíbe que una empresa alcance una posición relevante en el mercado, sino que utilice esa posición mediante prácticas abusivas que puedan perjudicar injustificadamente a otros operadores.

Por tanto, la CNMC deberá determinar si el posible cierre discriminatorio investigado constituye una conducta comprendida en las prohibiciones establecidas por ambos artículos.

Una fase preliminar que no implica responsabilidad

La Comisión ha señalado que las inspecciones constituyen un paso preliminar dentro del proceso de investigación. Su realización no supone la apertura automática de un expediente sancionador ni prejuzga el resultado de las actuaciones o la culpabilidad de la empresa inspeccionada.

Si el análisis de la información obtenida permite identificar indicios de prácticas prohibidas por la legislación española y europea, la CNMC procederá a incoar formalmente el correspondiente expediente sancionador.

Esta eventual apertura permitirá continuar el análisis de los hechos y determinar si existen responsabilidades que deban exigirse a la entidad investigada.

Multas de hasta el 10% del volumen de negocios

El abuso de posición de dominio constituye una infracción muy grave de la legislación de competencia. En caso de acreditarse la conducta, la empresa responsable podría enfrentarse a una multa de hasta el 10 % de su volumen de negocios total en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la sanción.

La investigación permitirá esclarecer si las prácticas examinadas han vulnerado efectivamente las reglas de competencia y si procede exigir responsabilidades al grupo empresarial.

Por el momento, será necesario esperar a que la CNMC complete sus actuaciones para conocer el alcance de los hechos y las posibles consecuencias jurídicas.